Ley de borrón y cuenta nueva. En esto consiste:
A través de los años, los establecimientos bancarios y de crédito, han tenido en nuestro país el lugar perfecto para realizar sus negocios y acumular gran cantidad de recursos económicos. Sin embargo, quienes has soportado tal éxito, han sido las personas de a pié que recurren a sus servicios con el objetivo de lograr adquirir a crédito aquellos bienes que de otra forma les sería imposible obtener debido a sus bajos o limitados ingresos.
Por otro lado, la situación económica general
del país para los estratos 1, 2 y 3, no ha sido la mejor durante las ultimas
décadas y ha sido inminente que las personas y familias pertenecientes a estos
sectores económicos, tengan inconvenientes a la hora de responder por los
créditos y deudas que adquieren con el objetivo de mejorar su calidad de vida.
Pues contemplando todas estas situaciones, el
Congreso de la República, recientemente ha promulgado la Ley estatutaria 062 de
2019, la cual fue aprobada con ponencia del magistrado Alejandro Linares, en la
Sala Plena de la Corte Constitucional. Dicha Ley, busca eliminar registros
negativos de personas reportadas en centrales de riesgo, como Datacrédito o
Sifín por incumplir con sus obligaciones financieras. Lo primero que se debe
aclarar es que tal beneficio, aplica para todo tipo de deuda, no solo las
contraídas con entidades bancarias o financieras.
¿Cuál es el beneficio?
En términos generales, esta ley permite una
“amnistía” por una sola vez, para aquellas personas que se pongan al día con
sus deudas (paguen), renegocien sus obligaciones crediticias o acrediten la
prescripción (extinción por el paso del tiempo) puedan quedar eliminados de
cualquier reporte negativo en cualquiera de las centrales de riesgo existentes,
una vez hayan cumplido al menos con seis (6) meses de duración con tal reporte
Si la deuda es de bajo monto, ¿qué pasa?
Las personas que tengan deudas inferiores al 15
por ciento del salario mínimo (menos de $ 136.279) recibirán dos comunicaciones
antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y
otra comunicación).
Otros puntos importantes:
Gracias a esta Ley, la práctica abusiva de consultar
a las centrales de riesgo dentro de procesos de contratación laboral queda
prohibida y, además, se protege a las personas que hayan sido víctimas de
suplantación personal pues, de ahora en adelante, todo aquel que haya sido objeto
de algún fraude respecto de su identidad para solicitar a su nombre algún
crédito o producto financiero y/o bancario, podrá presentar la copia de la
respectiva denuncia a la entidad de que se trate y solicitar se realice la
respectiva eliminación del reporte, a lo cual la entidad deberá responder de
forma favorable.
Otro tema importante a tener en cuenta, es que
esta Ley permitirá que los jóvenes con deudas en ICETEX, campesinos con
créditos agrarios, o, víctimas del conflicto armado que tengan obligaciones
crediticias podrán una vez se pongan al día con sus deudas (paguen);renegocien
sus obligaciones crediticias o acrediten la prescripción (extinción por el paso
del tiempo) puedan quedar eliminados de cualquier reporte negativo en
cualquiera de las centrales de riesgo existentes, de forma inmediata una vez
sea sancionada esta Ley, sin tener que esperar los seis (6) meses que sí
aplican para las demás personas.
¿Qué ocurre luego?
Pues básicamente, La calificación crediticia
deberá normalizarse de inmediato una vez se elimine el reporte negativo. La
consulta de esta información crediticia en todos los canales, será gratuita
siempre y no disminuirá la calificación de la persona como venía ocurriendo en
algunos casos y sin justificación alguna.
Tenga en cuenta que el historial crediticio de
las personas naturales y jurídicas se mantiene, tanto para las personas que se
mantienen al día en sus obligaciones económicas, como para las personas que no,
pues esta Ley nada dice sobre eliminar historiales, mucho menos modificarlos.
Ello implica que las entidades bancarias y financieras podrán tener la
suficiente información del publico para tomar decisiones respecto de sus
productos o servicios. Sin embargo, esto no quiere decir que este sea el único
criterio a tener en cuenta para decidir si se otorga o no un crédito como venía
sucediendo, pues deberán considerar y estudiar otros factores en el estudio de
riesgo, además, se les exigirá a estas entidades, indicar por escrito los
motivos del rechazo de una solicitud.
¿Y los reportes ocurridos durante la emergencia
sanitaria?
Se entiende que, con esta Ley, los reportes
negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por el
covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, serán eliminados, pero ello solo si los
titulares de la obligación (deudores) intentaron una reestructuración de la
obligación (acuerdo de pago o refinanciación P.ej.) Recuerda que, para todos
los casos, esta Ley aún no está vigente pues está esperando la sanción
presidencial, sin embargo es cuestión de tiempo que quede en firme.
Esperamos que este artículo haya sido de ayuda
para ti y que, si es del caso, puedas solicitar la eliminación del reporte, de
la central de riesgo en la que te encuentres, una vez cumplas con los
requisitos que la Ley estatutaria 062 de 2019 “Ley de borrón y cuenta nueva”
contempla para estos casos, y si necesitas ayuda o tienes alguna duda al
respecto, sabes que cuentas con todo nuestro apoyo, pues no olvides que en A. R
& R. Q Abogados Asociados, “acercamos el derecho a la gente”.
Escrito por,
Daniel Rubio. Abogado A. R & R. Q Abogados
Asociados S.A.S.
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