Conoce la figura de la conciliación extrajudicial en Derecho
Es una algo sumamente claro
que, dentro de cualquier sociedad o grupo humano, por las interrelaciones o
vínculos que se van creando normalmente, también se desarrollen conflictos, es
decir, esa situación tensionante donde existen dos puntos de vista que se contraponen
y que, si no es bien tratados, dicho conflicto puede escalar a tal punto en el
cual, se generen acciones negativas que generen violencia, agresión y en fin,
la terminación del vínculo o relación entre las personas. Esto es algo que
sucede todos los días en la sociedad.
Por lo general, cuando existe un conflicto entre personas, esto desemboca en una demanda, una denuncia o una querella, en conclusión, a una instancia donde de una u otra forma se busca que alguien con autorización y con poder derivado del estado, tome una decisión y solucione el conflicto. Ahora bien, el propósito de este artículo es dar a conocer una figura que muchas hemos oído, pero que poco valoramos, me refiero directamente a la conciliación extrajudicial en Derecho.
La conciliación extrajudicial
en Derecho es un mecanismo o herramienta alternativa para la solución de
conflictos, en la cual dos personas que tienen un conflicto buscan solucionarlo
con la ayuda de un tercero imparcial, el cual tendrá el deber de proponer fórmulas
de arreglo, es decir, de ayudarlos a encontrar soluciones que sean equitativas
y obviamente legales, pero este tercero, llamado conciliador, no tendrá la
facultad de imponer una solución tal como lo haría un juez o un árbitro. La
gracia de la conciliación es que permite a las mismas partes solucionar sus
problemas entre ellas, como ellas prefieran y bajo las condiciones que
establezcan, dentro de lo legal, lo cual es más efectivo, más rápido, más
pacífico, más económico y permite que las partes en conflicto se sientan más
satisfechas con un arreglo al cual ellas mismas llegaron, sin que un juez o
árbitro les imponga algo que no desean. También en principio se puede ir a una
audiencia de conciliación sin la necesidad de un abogado, lo cual ya evita un gasto.
De esta forma, en caso de la
existencia de un conflicto, cabe la posibilidad de solicitar una audiencia de
conciliación ya sea ante un centro de conciliación privado o ante algunas
entidades distritales o municipales donde de forma gratuita se brinda este
servicio, por ejemplo, en comisarías de familia, personerías distritales,
alcaldías, etcétera. En estos lugares puedes solicitar la audiencia de
conciliación y se citará a las partes en conflicto, para que, en un espacio
idóneo, para el dialogo y la negociación, ayudados por un conciliador se pueda
llegar a un acuerdo que beneficie a las dos partes y no escale a instancias
judiciales, que son más demoradas, costosas e imponen una solución. En los
casos de conflictos laborales, en principio el indicado para llevar a cabo la
conciliación es el inspector del trabajo del lugar.
Vale la pena mencionar
también, que hay temas que por su naturaleza jurídica no se pueden conciliar,
me refiero a esos derechos que no son desistibles o transigibles por ley, por ejemplo,
el nombre de una persona, su capacidad,
su filiación, el valor del salario mínimo, son temas que no se pueden
conciliar, por lo general aquellos temas que si se pueden conciliar versan
sobre derechos económicos, pero esto habrá que verlo específicamente y para
ello el conciliador debe también ayudar a las partes para dirigir o dirimir el
conflicto de forma legal.
Así pues, a modo de
conclusión, en este artículo más allá de explicar la profundidad legal de la
figura de la conciliación extrajudicial en Derecho, se busca darla a conocer
para que sea tomada como una posibilidad efectiva, latente y sería para la
solución de sus conflictos antes de ir directamente a un proceso judicial o
dejar que el conflicto escale a la violencia o agresión. Los invitamos a dejar
sus dudas, adendas o solicitudes para poder colaborarles.
En A. R & R. Q Acercamos
el Derecho a la gente.
Escrito realizado por Elkyn
Rodríguez
Abogado asociado A. R & R.
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