La nueva legislación en materia de choques simples en accidentes de tránsito.

En las ultimas semanas ha sido tendencia la nueva regulación en materia de accidentes de tránsito cuando ocurren choques simples, es decir, aquellos donde sólo se causen daños materiales en los que resulten afectados vehículos asegurados no asegurados, inmuebles, cosas o animales y no sé produzcan lesiones personales. Todo ello ha generado un sin número de posturas a favor y en contra de esta nueva forma de manejar tales situaciones; sin embargo, lo que es definitivo, es que la anterior forma de actuar en tales asuntos, ya es cosa del pasado y ahora nos corresponde conocer el manejo actual para que, en un evento determinado, sepamos como actuar y resolver el asunto de la mejor manera posible.

En nuestra firma de abogados, nos desempeñamos ademas, como conciliadores en derecho en materia de tránsito y día a día tenemos la oportunidad de ayudar a las personas que se ven envueltas en estos choques simples, a resolver el asunto de forma rápida, económica y amigable a través del diálogo y de la figura de la conciliación que, como mecanismo alternativo de solución de conflictos, nos evita escalar a instancias mucho mas problemáticas, costosas y demoradas como los procesos judiciales.

La anterior forma:

Es de mencionar que estas situaciones han venido sufriendo varios cambios desde el 2002, donde la Ley 769 del mismo año mencionaba para la existencia de choques simples o solo latas como comúnmente suelen llamarlos tambien, la obligación de los conductores involucrados de detenerse y esperar a un funcionario de tránsito, exhibir sus documentos de identidad y licencia de tránsito, así como exponer sus datos de notificación y mencionar si contaban con algún seguro de accidentes.

Luego en el año 2021, con la Ley 2161 del mismo año, Se mencionó que, en este tipo de choques simples, los conductores involucrados debían retirar de la vía los automotores y cualquier elemento que obstaculizara, con el fin de que ellos mismos intentaran conciliar en el lugar o acudir a un centro de conciliación a resolver el asunto y contactar a sus respectivas aseguradoras. A pesar de que se mencionó en esta ley que ya no era necesario el informe de accidente o “croquis de accidente” como lo llaman coloquialmente, Se seguía presentando en la práctica tal situación y tanto las aseguradoras como las personas, buscaban la intervención de la policía de tránsito para dejar constancia de los hechos del accidente en ese informe, incluso se seguía esperando al abogado de la aseguradora.

La importancia del informe policial de accidente de tránsito en la anterior legislación era la visión particular del funcionario de policia que lo elaboraba pues contenía una serie de datos de identificación y notificación de los involucrados en el accidente, que luego podían utilizarse para localizarlos e intentar conciliar. Por otro lado, se señalaba una hipótesis sobre la responsabilidad del accidente que se consignaba con un número determinado que implicaba una actividad contraria a las normas de tránsito por la cual según el funcionario se producía el accidente; si bien esto no era prueba de responsabilidad, servía mucho a las aseguradoras y asegurados para cobrar los daños producto del choque y como prueba en los procesos judiciales por responsabilidad.

La nueva Forma:

Según la Ley 2251 de 2022 artículo 16, los conductores afectados en estos choques simples deberán retirar los vehículos inmediatamente de la vía, una vez retirados podrán tomar todo tipo de material probatorio, sin necesidad de esperar a ningún funcionario de policía, ni a ningún representante o abogado de la o las aseguradoras. Lo que se busca es liberar la vía de forma rápida para que el tránsito no se afecte y dejar de lado el mito de que los vehículos no se pueden mover hasta que no se haga el “croquis”. En este punto, esta ley es mucho más clara y enfática al mencionar que las pruebas y material que recauden los implicados en el accidente, reemplazarán en todo al informe policial de accidente (croquis) y que ya la policía de tránsito no va a acudir ni intervenir en este tipo de accidentes.

En estos casos los involucrados deben hacer uso de su buena fe y del diálogo para reconocer sus errores en la existencia del choque y llegar a un acuerdo en el lugar de los hechos si es posible y sin afectar el tránsito, o, acudir ante un centro de conciliación avalado por el Ministerio de Justicia y del Derecho y frente a un abogado conciliador, tratar de resolver el asunto a través de la negociación y el respeto, lo que les garantizará una solución rápida y mucho más amena y económica, donde también intervendrán las aseguradoras si es que existen pólizas. De lo contrario, si no se llega a ningún acuerdo conciliatorio, lo que probablemente siga, será resolver el asunto a través de un juzgado de la República, lo que implica demandas, abogados y todo el desgaste en dinero y tiempo que eso implica, con el fin de que el juez, decida quien fue el responsable del accidente según las pruebas y lo condene al pago.

De todo lo anterior como abogados expertos en conciliación en materia de tránsito, debemos decir que esta nueva ley es importante como solución de movilidad, sin embargo, supone muchos desafíos a la cultura que como ciudadanos podamos tener de cara a una situación de estas. Sin embargo, de parte de nuestra firma te recomendamos tomar el asunto con total tranquilidad, intentar dialogar y conciliar en todo momento, tomar las respectivas pruebas con fotos y videos lo más claros posibles y acudir a un centro de conciliación si no resuelves el asunto en el lugar del accidente, para que un abogado experto en conciliación, como nosotros, te ayude a llegar a un acuerdo de forma amigable y rápida, siendo tú mismo quien decide todos los aspectos de dicha solución, y te evites el tener que acudir a un juzgado por muchos años, perdiendo tiempo y dinero, a la espera de que un juez te imponga su postura.

Como siempre esperamos haberte ayudado y no olvides que cualquier duda, pregunta o aporte al respecto o sobre cualquier otro tema jurídico, estamos para servirte. En Rodríguez Rubio Abogados, acercamos el Derecho a la gente.

 

 

 

Escrito por,

 

Daniel Felipe Rubio Velandia.

Abogado Rodríguez Rubio.

Entradas populares