Divorcio virtual, rápido y sencillo

Como abogados, sabemos que la decisión de terminar con un matrimonio es complicada porque no solo existen factores complejos de carácter emocional y sentimental, sino que además están en medio, situaciones de carácter económico que hacen todo mucho más complicado y dispendioso. Por otro lado, hay que tener en cuenta que en la realidad jurídica no a todos estos trámites se les llama divorcio y que existes una forma muy sencilla de llevarlos acabo sin que tu debas realizar trámites demorados e interminables, ni tener contacto con tu ex pareja, te contamos:

 

Lo primero para aclarar es que existe el matrimonio civil y el matrimonio religioso y que además existen las uniones maritales de hecho. En el matrimonio civil, tu te casas ante un notario generalmente y se elabora una escritura pública de matrimonio que es un documento que da fé de dicha unión matrimonial, también se te entrega un registro civil de matrimonio que básicamente es la prueba jurídica de dicha unión, además sirve entre otras cosas, para que puedas realizar la inscripción del matrimonio en tu registro civil de nacimiento.
Una vez se decida terminar con esta unión, hablaremos de divorcio.

En el matrimonio religioso, te casas ante un representante de alguna de las religiones reconocidas en nuestro país, donde se te entregará un acta de matrimonio, que también es un documento que prueba la existencia de la unión. Sin embargo, este documento deberá presentarse ante notaría o ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que de esa forma se registre dicha unión matrimonial y se expida el correspondiente registro civil de matrimonio. Si no realizas este trámite, ante los ojos de la ley, tu matrimonio no surtirá plenos efectos y carecerá de la prueba normativa de su existencia; en estos casos cuando te casas dentro de una religión, no hablamos de divorcio, sino de cesación de efectos civiles de matrimonio religioso y para llevarla acabo deberás si o si, tener el registro civil de matrimonio. En ambos, sea civil o religioso, los efectos patrimoniales y económicos de estas uniones, se conocen como sociedad conyugal y esta es la que debe liquidarse, una vez se termine dicha unión, es decir, inventariarse los activos y pasivos que existieron en esta unión y repartirse a cada ex esposo, según ordene la ley.

En la tercera plaza, nos encontramos con la unión marital de hecho que como su nombre lo indica, no necesita contar con una declaración formal que conste en ningún documento, pues desde el primer momento que una pareja decida convivir para ayudarse mutuamente, compartiendo techo, lecho y mesa, se entiende que existe ante la ley. Los efectos patrimoniales y económicos de esta figura de unión, se conocen como sociedad patrimonial y esta si debe declararse a los dos años de convivencia en unión marital de hecho. La terminación de esta figura, se conoce como disolución y liquidación de sociedad patrimonial y puede realzarse ante un centro de conciliación avalado o ante notario, sin embargo, si existen bienes sujetos a registro como inmuebles o vehículos, se deberá elevar tal liquidación a escritura pública.

Todas estas figuras tienen algo en común y eso es que deberás realizar una cantidad de trámites y reunir una variedad de documentos diferentes dependiendo de los bienes que tengas y de su naturaleza, para que puedas acudir a la autoridad competente y realizar tu trámite de divorcio, cesación de efectos civiles o disolución y liquidación de sociedad patrimonial. Según sea tu caso.

Por otro lado, aunque parezca dispendioso y un tanto estresante, te venimos a contar que en nuestra firma, tenemos el “divorcio, en linea o virtual” y que, podremos ayudarte a realizar todo ese trámite, sea que se trate de matrimonio civil, religioso o de unión marital de hecho, de forma muy rápida y sencilla, sin que tu tengas que desplazarte a ningún lugar o verle la cara de nuevo a tu ex pareja. Solo tendrás que aportarnos los documentos necesarios y nosotros nos encargamos de todo el trámite ante la notaría, hasta entregarte tu escritura púbica de divorcio, devolviéndote tu libertad, lo único que deberás hacer es tener claridad de que debes estar de acuerdo con tu ex pareja de terminar la unión y de la forma en la que se repartirán los activos y pasivos que tengan en común; de esa forma tu y tu ex pareja nos firmarán un poder para representarlos ante la notaría y nosotros nos encargaremos de realizar todos los documentos y de enviártelos por correo electrónico para que los revises y des tu aprobación y de esa forma terminar definitivamente con esa situación.

Todos los documentos que se requieran originales como los registros civiles los puedes enviar por servicio postal y aquellos que no, como copias de cédula y certificados de bienes, los podrás enviar por correo electrónico. El contacto con tu ex pareja lo hacemos nosotros como abogados y tu no deberás ni siquiera, ir a la notaría a firmar la escritura, porque de eso tambien nos encargamos como tus abogados. De este modo, no tendrás que preocuparte por asistir o desplazarte a ningún lado, sino que, desde tu casa u oficina, nos envías los documentos y nosotros por mail o WhatsApp te mantendremos informada o informado de los pormenores del trámite. Así que, si ya tomaste la decisión de “divorciarte” y es definitiva, puedes contactarnos y te ayudamos con nuestro divorcio virtual el cual dependiendo de la notaría podrá tardar de dos a tres meses en concluir.

No olvides dejarnos tu reacción y escríbenos si necesitas este u otro trámite jurídico, recuerda que, en Rodríguez Rubio Abogados, acercamos el Derecho a la gente.

 

Escrito por:

Daniel Rubio.

Abogado asociado Rodríguez Rubio Abogados.

 

Entradas populares